lunes, 28 de septiembre de 2009

Injusticia y conflicto




La denegación de justicia tiene una estrecha relación con la generación de conflictos tanto en los países industrializados como en los países en desarrollo. La injusticia real o percibida es una de las fuentes más comunes de conflictos y de violencia entre los individuos, los grupos y los países; además, un conflicto violento puede provocar todavía más injusticias.
Dada la importancia de la justicia para el desarrollo mundial a largo plazo, la importancia creciente del consenso internacional sobre la necesidad de educar para la justicia es un síntoma prometedor. Una de las ideas expresadas en la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada en 1989, es: "enseñar al niño el respecto de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales". La Declaración Mundial sobre la Educación para Todos, de 1990, enuncia que una de las maneras de satisfacer las necesidades fundamentales de aprendizaje consiste en hacer que el individuo sea capaz 'de servir la causa de la justicia social'.
Pero, un aprendizaje de la justicia social exige más que familiarizarse con algunos textos legales e integrar conceptos abstractos de derechos. Exige, sobre todo, que los alumnos y alumnas se den cuenta de la existencia de problemas de injusticia en sus propias vidas y en su entorno inmediato: casa, escuela o comunidad. Que superen reacciones de culpabilidad, de reprobación o de resentimiento para llegar a un compromiso activo para promover la justicia y la igualdad a todos los niveles, personales, institucionales, nacionales o mundiales.

La necesidad de la Justicia Social


La economía global ha crecido a una escala que carece de precedentes históricos. Con la ayuda de las nuevas tecnologías, las personas, los capitales y las mercancías se mueven entre los países con una facilidad y una rapidez tales que han creado una red económica global interdependiente que repercute prácticamente en todos los habitantes del planeta.
La globalización ha brindado oportunidades y beneficios a muchas personas, pero al mismo tiempo millones de trabajadores y de empleadores de todo el mundo han tenido que hacer frente a nuevos desafíos. La economía globalizada ha desplazado a trabajadores y empresas a nuevos destinos, ha traído consigo repentinas acumulaciones o transferencias de capitales, y ha ocasionado inestabilidad financiera en algunas regiones. A pesar del optimismo inicial, la globalización no ha marcado el comienzo de una nueva era de prosperidad para todos. En 2001, se estimaba que prácticamente la mitad de la población mundial sobrevivía con dos dólares estadounidenses o menos al día, mientras que cerca de 1.100 millones de personas, o sea, el 21 por ciento de la población mundial, vivían con un dólar estadounidense al día o menos. (Nota 1) Ninguna nación está a salvo de este fenómeno. Por ejemplo, a mediados del decenio de 1990, en 20 países industrializados, un promedio de más del 10 por ciento de la población vivía por debajo del umbral de la pobreza. (Nota 2)
En las últimas décadas, ha aumentado exponencialmente la desigualdad en muchos países, al igual que entre los países más ricos y los más pobres del mundo. En 1960, la diferencia de ingresos entre el quinto más rico y el quinto más pobre de la población mundial, era de 30 a 1, y en 1999, se había incrementado de 74 a 1. En 1995, el promedio del PIB per cápita en los 20 países más ricos era 37 veces el promedio de los 20 países más pobres. Esta disparidad se ha multiplicado por dos en los últimos 40 años. (Nota 3)
No es sostenible ni deseable que la economía global continúe desarrollándose en esta dirección. La desigualdad está en el origen de la pobreza, determina un descenso de la productividad, genera inestabilidad social e incluso conflictos. En vista de ello, la comunidad internacional ha reconocido la necesidad de crear reglas básicas de juego para garantizar que la globalización brinde oportunidades justas de prosperidad para todos.

Filosofia del derecho y justicia social

La defensa de los principios de justicia se realiza normalmente por la vía de la argumentación racional, con base a cuatro tipos de argumento: práctico, por analogía, ético y de identidad.
El tratamiento del término justicia social por las Ciencias Sociales se encuentra en R. L. Cohen, tomado de justice, social en el 'Dictionary of Sociology' de Oxford. En Internet puede ubicarse como Social justice. En cuanto a la Filosofía y la Teología el término es relativamente reciente.
Otra fuente es el pensamiento de Joaquín Ruiz-Giménez en español. Es especial y profusamente tratado en la Doctrina Social Católica (Encíclicas sociales) con el referente de la Dignidad humana y en la tradición cristiana por estar vinculado a su concepto del amor al prójimo. Otras fuentes son: el movimiento sindical, los partidos socialistas democráticos y los movimientos de Derechos Humanos.
La idea de justicia social late en el 'equilibrio reflexivo' de los principios de justicia de Rawls: libertades básicas, principio de diferencia y la acción afirmativa como discriminación positiva, basada en la justicia entendida como equidad, cuestión que ha sido discutida y parcialmente resuelta por el principio de igualdad de oportunidades, pero no ha sido desarrollada hasta las acciones y consecuentes legislaciones de los movimientos humanistas en torno a la discriminación, la libertad y las Encíclicas Sociales: la distribución de los frutos del desarrollo y la dignidad humana.
La lucha contra la distribución desigual de bienes que son de todos, la solicitud o preocupación por el bien común, la idea de que justicia equivale a paz y la conciencia de ello en los individuos son todos componentes de un sistema social justo. El balance de las desigualdades sociales en beneficio de los menos favorecidos, dando a la justicia la categoría de equidad, como preocupación social para el desarrollo humano y de la sociedad, ya define la nueva situación de estas cuestiones en la humanidad. Este tipo de problemas favorece la tentación del uso de la violencia para combatir situaciones consideradas socialmente injustas; los problemas principales señalados como ejemplos son vivienda y desempleo y cuestiones internacionales de calado, que posee un carácter progresista (acumulativo) y una fundamentación empírica y racional, desarrollando una doctrina social basada en estos puntos: desarrollo, solidaridad, dignidad humana e identidad de cada comunidad.
Como teología moral, su definición llega más allá del contrato social: 'los bienes de este mundo están originalmente destinados a todos', que forma un conjunto de principios, criterios de juicio y directrices de acción, 'un compromiso para la justicia según la función, vocación y circunstancias de cada uno', (Sollicitudo rei socialis, Juan Pablo II PP.). Se ha construido ya un modelo de filosofía moral para la sociedad civil y se ha incorporado a la estructura social a través de las Ciencias Sociales, es decir, con aportaciones y puntos de vista de técnicas multidisciplinarias, variadas.

Origen y evolución del concepto


Históricamente el concepto de justicia social aparece relacionado al conflicto que en el siglo XIX se llamó la "cuestión social", es decir, el creciente malestar y reclamo de los trabajadores que fue creciendo en importancia en todo el mundo a partir de la instalación del capitalismo.
La expresión "justicia social" (giustizia sociale) fue acuñada por el sacerdote jesuita italiano Luigi Taparelli, en el libro Saggio teoretico di dritto naturale, appoggiato sul fatto (Ensayo teórico del derecho natural apoyado en los hechos), publicado en 1843, en Livorno, Italia.[6]
...la justicia social debe igualar de hecho a todos los hombres en lo tocante a los derechos de humanidad,...
Luigi Taparelli, Ensayo teórico del derecho natural apoyado en los hechos (TI:355), 1843.[7]
Taparelli, considerado uno de los fundadores de la doctrina Social de la Iglesia, creó el término para aplicarlo a los conflictos obreros que se extendieron a raíz de el establecimiento del maquinismo y la sociedad industrial. Taparelli fundó sus ideas en una renovación del pensamiento tomista y consideró que la justicia social era una noción diferente tanto de las nociones de justicia conmutativa como de la justicia distributiva, que caracterizan al pensamiento aristotélico-tomista.
Varias décadas después el término "justicia social" (social justice) es vuelto a usar en Inglaterra a fines del siglo XIX, por los socialistas fabianos ingleses. La expresión ya aparece en los famosos Fabian Essays in Socialism (Ensayos fabianos sobre el socialismo), publicados en 1889. En el socialismo fabiano, la justicia social desempeña el papel de finalidad ética por excelencia, para guiar la evolución social mediante cambios no revolucionarios hacia un sistema de socialdemocracia.[8]
A partir de los fabianos, el concepto de justicia social fue adoptado por la socialdemocracia, principalmente en Inglaterra, Francia y Argentina. En Inglaterra, el concepto pasó al Partido Laborista inglés, al que la Sociedad Fabiana se integró, y fue aceptado y retomado por el gobierno liberal a través de su emergente el Ministro de Comercio David Lloyd George, cuyo objetivo manifiesto era "lograr la justicia social". En la misma época, en Francia, el Partido Socialista a través de Jean Jaurés, adopta el concepto de justicia social como parte de su socialismo ético y pacifista. En Argentina, el Partido Socialista incorpora el concepto a través de Alfredo Palacios, elegido diputado en 1904, vinculando las ideas de "nuevo derecho" y justicia social. [9] [10]
Luego de la Primera Guerra Mundial, en 1919, se crea la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que incorpora la noción de justicia social a su Constitución, en la primera frase, como fundamento indispensable de la paz universal:
Considerando que la paz universal y permanente sólo puede basarse en la justicia social...
Constitución de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) 1919.
En 1931, la noción de justicia social se incorpora plenamente a la Doctrina social de la Iglesia Católica, al utilizarla el papa Pío XI en la Encíclica Quadragesimo anno. Para Pío XI, la justicia social es un límite al que debe sujetarse la distribución de la riqueza en una sociedad, de modo tal que se reduzca la diferencia entre los ricos y los necesitados:
58. A cada cual, por consiguiente, debe dársele lo suyo en la distribución de los bienes, siendo necesario que la partición de los bienes creados se revoque y se ajuste a las normas del bien común o de la justicia social, pues cualquier persona sensata ve cuán gravísimo trastorno acarrea consigo esta enorme diferencia actual entre unos pocos cargados de fabulosas riquezas y la incontable multitud de los necesitados.

La Justicia Social




Justicia social es un concepto aparecido a mediados del siglo XIX, referido a las situaciones de desigualdad social, que define la búsqueda de equilibrio entre partes desiguales, por medio de la creación de protecciones o desigualdades de signo contrario, a favor de los más débiles.[1] [2] La justicia social remite directamente al derecho de los sectores más desfavorecidos de la sociedad, en especial los trabajadores, al goce de los derechos humanos sociales y económicos, conocidos como derechos de segunda generación, de los que ningún ser humano debería ser privado.[1] [2]
Para graficar el concepto suele decirse que, mientras la justicia debe ser ciega, la justicia social debe quitarse la venda para poder ver la realidad y compensar las desigualdades que en ella se producen.[3] En el mismo sentido se ha dicho que mientras la llamada justicia "conmutativa" es la que corresponde entre iguales, la justicia "social" es la que corresponde entre desiguales.
La idea de justicia social está orientada a la creación de las condiciones necesarias para que se desarrolle una sociedad relativamente igualitaria en términos económicos. Comprende el conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables para garantizar condiciones de trabajo y de vida decentes para toda la población. Involucra también la concepción de un Estado activo, removiendo los obstáculos que impiden el desarrollo de relaciones en igualdad de condiciones.
El filósofo argentino Alejandro Korn sostiene que la justicia social es un ideal que solo puede definirse a partir del hecho concreto de la injusticia social.[4] Algunos estudiosos,[5] sostienen que el concepto «justicia social» se corresponde con la «justicia distributiva» de Aristóteles, en tanto que la noción de «justicia conmutativa» del estagirita, corresponde a la idea clásica de justicia, en la sociedades modernas.
Entre los temas que interesan a la justicia social se encuentran la igualdad social, la igualdad de oportunidades, el Estado del bienestar, la cuestión de la pobreza, la distribución de la renta, los derechos laborales y sindicales, etc.